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PRONTO – Soluciones Logísticas

Productos Restringidos

Para salvaguardar la cadena de suministro y dar estricto cumplimiento a las regulaciones del Ministerio de Transporte, PRONTO define el siguiente catálogo de mercancías vetadas para su movilización a través de nuestra operación logística y de distribución nacional.

1. Materiales Peligrosos y Sustancias Químicas

  • Artículos explosivos, municiones, material pirotécnico y derivados de la pólvora.

  • Combustibles (gasolina, ACPM), gases bajo presión o líquidos altamente inflamables.

  • Componentes radiactivos, materiales corrosivos, tóxicos o con alta reactividad química.

2. Mercancía Regulada o al Margen de la Ley

  • Estupefacientes, narcóticos y cualquier tipo de sustancia psicoactiva.

  • Fármacos e insumos médicos que requieran control estatal y carezcan de la debida documentación.

  • Artículos de contrabando, piratería o aquellos cuya acreditación legal de origen no pueda ser demostrada.

3. Títulos, Valores y Artículos de Lujo

  • Moneda corriente (dinero en efectivo) o divisas extranjeras.

  • Bonos al portador, cheques de gerencia o documentos financieros transables.

  • Piedras preciosas, metales de alto valor comercial, joyería fina u obras de arte.

  • Documentación legal, notarial o corporativa única que resulte irreemplazable.

4. Armamento y Dispositivos de Defensa

  • Armamento de fuego, armas traumáticas, de fogueo o armas blancas.

  • Accesorios, repuestos, partes de armamento o munición de cualquier calibre.

  • Herramientas de defensa personal (sprays de gas pimienta, dispositivos de choque eléctrico o tasers).

5. Especies Vivas y Riesgo Biológico

  • Fauna de cualquier especie (animales vivos).

  • Cenizas, restos humanos o restos animales.

  • Residuos clínicos, desechos patológicos, fluidos corporales o muestras de laboratorio.

6. Restricciones Operativas y de Embalaje

  • Cargas cuyo contenido físico no coincida con el reportado durante el proceso de cotización o en la plataforma Sisconet.

  • Bultos cuyo empaque sea deficiente y represente un riesgo inminente de avería, derrame o afectación a otras cargas durante el transporte terrestre.

7. Obligaciones del Remitente y Potestad de Inspección El cliente asume la responsabilidad absoluta e indelegable sobre la veracidad de la declaración de la carga entregada. PRONTO mantiene la facultad irrestricta de someter a inspección, retener o negarse a transportar cualquier mercancía que vulnere estas disposiciones o las leyes colombianas, eximiéndose de toda responsabilidad legal o aduanera por decomisos, multas o destrucción derivados de engaños, falsedades u omisiones por parte del remitente.

8. Vigencia de las Disposiciones Estas directrices de seguridad pueden ser ajustadas sin previo aviso para garantizar la adaptación a nuevas resoluciones legales o protocolos de protección en carretera. Su acatamiento es ineludible para todo usuario de nuestros servicios de transporte de carga.

PRONTO

Tu carga, a tiempo, sin rodeos.